El Senador Carlos Fernando Motoa Solarte, ha
radicado el Proyecto de Ley 203 de 2020, por medio del cual se regula el
ejercicio de la Atención Prehospitalaria conforme a los estándares internacionales
para contribuir al mejoramiento de la salud individual colectiva; empezando la
Ley por definir los estándares internacionales en salud, atención
prehospitaloria y servicio de atención prehospitalaria; posteriormente señalando el campo de ejercicio del paramédico,
como Tecnólogo Universitario o Técnico profesional, perteneciente al área de la
salud, cuya formación universitaria, lo capacita para desarrollar tareas de
apoyo, asistencia, soporte de vida básico; coordinación del servicio de
emergencia médica prehospitalaria; gestión y coordinación de los comités
locales de gestión del riesgo, conforme se establece en la presente ley y su
reglamentación; y por ende podrá ejercer funciones en Atención Prehospitalaria.
a nivel de coordinación (quienes obtengan el título de Tecnólogo en Atención
Prehospitalaria) y a nivel asistencial (quienes obtengan el título de Técnico
profesional en Atención Prehospitalaria); posteriormente define las actividades
que pueden ser desempeñadas por los técnicos prehospitalarios y los requisitos
para su ejercicio; establece la vigilancia y control del ejercicio en Atención
Prehospitalaria y la creación de un Consejo Nacional en Atención Prehospistalaria
como organismo consultor en temas de Atención
Prehospitalaria o Paramédica.
No es la primera vez que se pretende una iniciativa
que regule la atención prehospitalaria, pues ya se había pretendido lo mismo con
el proyecto de Ley 178 de 2012; pero es claro que la iniciativa es justa y
necesaria para la regulación de la paramedicina, ya que es de hecho una “profesión
formal por derecho propio, con sus
propias normas y el cuerpo de conocimientos técnicos necesarios”, y dada la
importancia la llamada medicina de emergencia como una disciplina mundial que
contempla la prevención secundaria de enfermedades y como instrumento de
prevención primaria. Además de que se debe atender el llamado de la OMS a preconizar el
establecimiento y reconocimiento de la especialidad de medicina de emergencia o
paramedicina en todo el mundo, mejorando la enseñanza de la atención sanitaria,
para propiciar la incorporación de todo su espectro en el sistema de salud
pública, y ampliar sus opciones para la prevención primaria y secundaria en
beneficio de la salud de la población.
Y desde inicio
la pandemia, ha quedado claro que el trabajo de los paramédicos cobró mayor
relevancia, y se convirtieron en la primera línea de defensa ( O lo eran y
hasta ahora lo notamos); y asimismo es evidente que se requiere un marco
jurídico que permita la articulación del sector médico y paramédico, que contribuya
al mejoramiento de los protocolos ( Ya cae gorda la palabrita), y que reconozca
la vocación y el compromiso de quienes se dedican a la atención
prehospitalaria.
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