viernes, 29 de octubre de 2021

23 AÑOS CUMPLE EL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

 

 

El 16 de noviembre de 1998, el presidente de la República Andrés Pastrana Arango, declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional mediante el decreto 2330 de 1998; señalando en los considerandos, que el deterioro de la situación de los establecimientos de crédito amenazaba con perturbar el orden económico y social, y ello hacía necesario declarar el estado de emergencia económica y social en todo el territorio nacional.

 

En virtud de la declaratoria del estado de emergencia económica y social  decretada, se expidió el Decreto 2331 de 1998 dentro del cual se establecieron  las medidas para  resolver la situación de emergencia de todo el sistema financiero; siendo una de ellas, el establecimiento temporal de  una contribución sobre las transacciones financieras como un tributo a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforma, destinado a preservar la estabilidad y solvencia del sistema financiero ( artículo 29), en tarifa del dos por mil y causada sobre el valor total de la operación ( artículo 30).

 

En la sentencia C-122 de 1999, la Corte Constitucional considera exequible parcialmente la declaratoria de emergencia económica, adicionalmente extendió el tributo a todas las operaciones interbancarias, eliminó la tarifa preferencial y ordenó que los recursos recaudados solo podrían ser destinados al apoyo de la banca pública, los usuarios de créditos hipotecarios y los ahorradores del sistema operativo, excluyendo así del beneficio a la banca privada; a pesar de que muchos sectores señalaron que, las declaratorias de emergencia son un cheque en blanco y que existían mecanismos para intervenir la economía sin declarar  la emergencia económica.

 

Posteriormente la contribución sobre las transacciones financiera evoluciono así:

 

1.      Mediante la Ley 508 de 1999, se estableció que el recaudo obtenido por el cobro seria asignado a la financiación de gastos ocasionados por la emergencia del eje cafetero.

 

2.      Mediante la Ley 663 de 2000 se creó un nuevo impuesto, a partir del primero (1º) de enero del año 2001, conocido como Gravamen a los Movimientos Financieros, a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman. ( En esta ley se aumenta la tarifa del gravamen a 3 por 1000). En lo que respecta a la disposición de los recursos generados del nuevo impuesto, el art. 2 de la Ley 633 de 2000 indicó que, tanto el recaudo como los rendimientos del GMF, serán depositados en una cuenta especial de la Dirección del Tesoro Nacional hasta ser apropiados en el Presupuesto General de la Nación en las vigencias fiscales correspondientes a su recaudo y en las subsiguientes y que el Gobierno propondrá al Congreso de la República la incorporación de estos ingresos en la medida en que las necesidades locales lo requieran y hasta agotar su producido.

 

3.       Mediante la Ley 863 de 2003 (“Por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento económico y el saneamiento de las finanzas públicas), se establece una nueva tarifa para el GMF  del cuatro por mil (4x1000)

 

4.       Mediante la Ley 1111 de 2006; la tarifa del 4x1000 pasa de ser transitoria a ser fijada de manera permanente.

 

En la actualidad, se han presentado varias iniciativas legislativas para el desmonte del GMF, así como promesas del gobierno sobre su desmonte gradual a partir de 2022 (Pero se ven muy lejos el cumplimiento de esas promesas, y menos cuando el recaudo del  GMF aporta 8 Billones de pesos)

 

A pesar de lo que muchos piensan, desde el 2010 las entidades del sistema financiero vienen pidiendo el desmonte del GMF  ( porque dicen que estimula el uso del efectivo, lo cual afecta a los depósitos bancarios); así que parece, que a todo el mundo le cae gordo el GMF.  Sin embargo los expertos; han señalado que mejor que el desmonte, es reducir la tarifa y eliminar las exenciones, para así tener un impuesto más simple, más efectivo y más equitativo al extender la base gravable a transacciones que hoy no tributan.

 

Mientras tanto, en Champetesburgo se   recuerda que el 16 de noviembre el  “4 x 1000" cumple 23 años.

 

 

 

 

 

 

 

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