La orden de entrada de las CAJAS DE COMPENSACIÓN
FAMILIAR como actores de nuestro Sistema Integral de Seguridad Social, fue dada
por la Ley 90 de 1946; pero fue finalmente la Ley 21 de 1982 ( Modificada por
la Ley 789 de 2002) la que estableció:
-El subsidio
familiar como una prestación social de obligatorio pago a través de las Cajas
de Compensación Familiar, por parte de todos los empleadores del sector público
o privado que tuvieran uno o más trabajadores de carácter permanente.
- Determinó la naturaleza no gubernamental de las
Cajas de Compensación.
- Dejó claro que los aportes obligatorios que hacen
los empleadores no son impuestos; porque “no se imponen a todos los
contribuyentes, ni van a engrosar el presupuesto de ninguna entidad pública
bajo el principio de universalidad, ni son distribuidos por corporación popular
alguna”, como tampoco son derechos adquiridos (Por el contrario, son un interés
legítimo del trabajador, que se transforma en derecho subjetivo cuando la
entidad entrega efectivamente al trabajador el subsidio en dinero, especie o
servicios)
- Permitió la inclusión dentro de sus obras y programas
sociales la prestación de servicios de
salud para la familia de los trabajadores afiliados
Antes de la pandemia, causó un rechazo generalizado
a la propuesta de reforma laboral presentada por ANIF ( Y patrocinada por el
Ministro Carrasquilla) de la eliminación
del pago a las cajas de compensación familiar y los intereses de las cesantías
a los trabajadores con el objetivo de dinamizar el mercado laboral; alegando
que en la práctica los gastos en Seguridad Social son impuestos directos, pero ocultos,
que la SEGURIDAD SOCIAL constituye el 39.5%
de cada peso de cada peso destinado a pago de nómina, que ninguna empresa podría competir luego de
asumir tales sobrecostos; y que de
continuar los mismos se agravarían los problemas de informalidad y desempleo. Por
su parte los opositores, a la propuesta señalaron que la sola propuesta ponen en
riesgo derechos adquiridos de los trabajares, e insistieron que el único fin
era acabar las Cajas de Compensación.
Independientemente de la
propuesta; durante la contingencia causada por el COVID19 y ahora la tortuosa reactivación económica, las
CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR han demostrado la gran importancia que tienen
para nuestro Sistema de Seguridad Social y la salud económica y física del país en general ( Convirtiéndose en
los vehículos naturales para la entrega de subsidios de emergencia a trabajadores en situación de vulnerabilidad;
espacios de apoyo al adulto mayor; y escenario
de charlas, seminarios, cursos formales e informales, participantes activos del sistema de salud, etc.
Ciertamente,a muchos les sabe a cacho el reconocer la labor de las CAJAS DE
COMPENSACIÓN FAMILIAR en medio de esta REVOLUCIÓN DE CARBONES DE PALO; pero incluso en medio de la barbarie y la
pesca en río revuelto... al César lo que es del César
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