viernes, 2 de octubre de 2020

PGIRS Y PROYECTO DE LEY 297 DE 2020

 

Conozcamos al Señor ; vayamos tras su conocimiento. Tan cierto como que sale el sol, él habrá de manifestarse; vendrá a nosotros como la lluvia de invierno, como la lluvia de primavera que riega la tierra.

Oseas 6:3


                                                 ANTECEDENTES


Nuestra Constitución Política, señala en los artículos 8°, 79, 80 y 95 numeral 8°, los derechos y deberes generales que deben regir una correcta relación entre todas las personas y el medio ambiente; determinando que todos los habitantes del territorio colombiano deben gozar un ambiente sano, y que es deber de todos los ciudadanos el velar por su “conservación” y “prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados”. Amén de lo anterior, tenemos que a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se deja claro la importancia mundial sobre el derecho a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, esto es, el derecho a preservar la vida individual en un entorno adecuado y el derecho de la especie a subsistir en las generaciones futuras en un ambiente sano; lo que implica, no solo la preservación de la vida actual, sino también garantizar el derecho de las futuras generaciones de gozar y disfrutar de los recursos con los que hoy contamos; es así como a partir de dicha declaración que se han venido celebrando acuerdos ambientales mundiales, los cuales nuestro país ha ratificado y en los cuales se ha dejado claro que no se puede tener unas economías sólidas y sostenibles sin un planeta ambientalmente sano.

Igualmente tenemos que, el artículo 365 de la misma carta política le otorga al Estado, en este caso de las entidades territoriales, el deber de garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos a todos los habitantes de su territorio, y por ello, el Decreto 1713 de 2002 reglamentó el Sistema de Aprovechamiento de los Residuos Sólidos, en el cual se dejó claro que, para abordar el manejo de los residuos sólidos no es suficiente conocer los aspectos técnicos de la recolección, limpieza de calles y disposición final, sino que se requiere además, aplicar los nuevos conceptos relacionados al financiamiento de los servicios, los enfoques de descentralización y garantizar una mayor participación de las comunidades a fin de tener en cuenta los factores concomitantes de salud, del ambiente, de pobreza en áreas marginales urbanas y de educación y participación comunitaria; no obstante lo anterior, se dejó claro en el artículo 88 del Decreto 2981 de 2013, que los municipios y distritos les corresponde elaborar, implementar, y mantener actualizado un plan de gestión integral de residuos sólidos PGIRS en el ámbito local o regional según el caso, y que los programas y proyectos allí adoptados deberán incorporarse en los Planes Municipales de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas; teniendo en cuenta para ello la metodología que para tal fin adopte el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y Ambiente y Desarrollo Sostenible, dicha metodología fue implementada a través de la Resolución 754 de 2014, la cual deja claro que los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos está orientada a los siguientes objetivos: 1) Prestar el servicio público de aseo con continuidad, calidad y cobertura, 2) Asegurar la disposición final de los residuos sólidos, 3) Fomentar el aprovechamiento de residuos, 4) Desarrollar acciones a favor de la población recicladora, 4) Reducir el impacto en la salud por la generación y mal manejo de los residuos sólidos, 5) Reducir la generación de gases de efecto invernadero, 6) Reducir el riesgo de inundaciones y/o deslizamientos, 7) Obtener economías de escala comprobables, 8) Desarrollar una cultura de la no basura , 9) Garantizar la participación de los usuarios. Y 10) Promover la evolución gradual y por etapas del manejo de los residuos sólidos.

                                                 LOS PGIRS

Los Planes de Gestión de Residuos Sólidos son la herramienta de planeación y manejo de la prestación del Servicio de Aseo, esto es, el instrumento con que cuenta un municipio para planificar todas las actividades que sean necesarias para garantizar la adecuada prestación del servicio de aseo a sus habitantes; estableciendo para ello una serie de metas a cumplir a largo, corto y mediano plazo y de esa forma estableciendo el servicio de aseo como una prioridad dentro de los fines de la administración local.

Los PGIRS tienen como punto de partida unos diagnósticos generales, en los cuales se establece las condiciones generales del municipio tales como su geografía, población y producción de residuos sólidos, etc; dichos diagnósticos deben ser actualizados según unas directrices metodológicas dadas por el Ministerio de Vivienda, Ambiente y Desarrollo Territorial encaminadas al cumplimiento de los objetivos y metas de los PGIRS.

Los PGIRS son fundamentalmente un conjunto organizado de programas, integrado cada uno por proyectos afines y concomitantes; en el cual se buscan resolver situaciones que en su momento fueron diagnosticadas y tabuladas y que pueda medirse si dicho diagnóstico y tabulación contribuyo al mejoramiento de la prestación del servicio, esto es, si hubo un adecuado manejo de los residuos sólidos.

El Ministerio de Vivienda Ambiente y Desarrollo Territorial como autoridad encargada para ello, emitió la Resolución 754 de 2014, por medio de la cual se estableció que los resultados de los ejercicios anteriores se analizaran a partir de un árbol del problema para la identificación de los problemas que llevará a la elaboración de una matriz integral por componentes que permitirá establecer causas y efectos de los diferentes aspectos evaluados y finalmente una matriz de planificación que permitirá transformar el árbol del problema en un árbol de objetivos; para lograr lo anterior, se requiere de un enfoque interdisciplinario y un adecuado trabajo de campo tanto en el análisis de las problemáticas como en el planteamiento de los programas recomendados, además de un análisis de la gestión de los componentes de prestación del servicio de aseo, disposición final y aprovechamiento de los residuos sólidos, los que a su vez son analizados en los diferentes aspectos: Técnico-Operativo, Económico-Financiero, Institucional-Administrativo, Ambiental y Sociocultural-Educativo, todo ello encaminado a cumplir unos estándares de calidad que son de obligatorio cumplimiento. (Resolución 151 de 2001, reglamentaria Ley 142 de 1994), y unas normas técnicas específicas y consideraciones ambientales (Decreto 1713 de 2002, Resolución 1390 de 2005 y RAS 2000).

Los  Municipios deben cumplir  con la obligación establecida en el artículo 8 del Decreto 2981 de 2013, cual es la de elaborar, implementar y mantener actualizado un PGIRS; en razón a ello se hace necesario que se cumpla con las propuestas metodológicas que recojan los diferentes criterios de planificación y gestión establecidos por la normatividad nacional junto con los requerimientos particulares del municipio y la definición de los criterios para el levantamiento de la Línea Base y la definición de los mecanismos de formalización para atender los escenarios de participación en el proceso de actualización.


PÓLITICA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

Para el año 2016, se expidió el CONPES 3874; por gracia del cual se estableció a Política Nacional para la Gestión Integral de Residuos Sólidos y en cuyo diagnóstico se señala que: “ todavía persisten algunos problemas relacionados con la gestión de residuos sólidos. Primero, hay pocos incentivos económicos, normativos y regulatorios para minimizar la generación de residuos sólidos y aumentar los niveles de aprovechamiento y tratamiento de los mismos, lo cual hace insostenible el modelo lineal de manejo de residuos. La ausencia de estos incentivos puede acarrear el desbordamiento de la capacidad física de los rellenos sanitarios, con sus consecuentes problemas en el ambiente y en la salud humana. En segundo lugar, la separación en la fuente es insuficiente para garantizar un mayor aprovechamiento y tratamiento de residuos. Tercero, falta definir los roles específicos que permitan impulsar una gestión de residuos sólidos más allá del modelo lineal y, finalmente, no hay suficiente información sectorial para la toma de decisiones de política y para el seguimiento de la misma”

Y que para dar solución a lo anterior se planteaban como estrategias: (i) promover el avance gradual hacia una economía circular, a través del diseño de instrumentos en el marco de la gestión integral de residuos sólidos; (ii) promover la cultura ciudadana, la educación e innovación en gestión integral de residuos como bases para fomentar la prevención, reutilización y adecuada separación en la fuente; (iii) generar un entorno institucional propicio para la coordinación entre actores que promueva la eficiencia en la gestión integral de residuos sólidos, y (iv) implementar acciones para mejorar el reporte, monitoreo, verificación y divulgación de la información sectorial para el seguimiento de esta política pública. Todo ello con la finalidad de lograr que el valor de los productos y materiales se mantengan durante el mayor tiempo posible en el ciclo productivo, que los residuos y el uso de recursos se reduzcan al mínimo, y que los recursos se conserven dentro de la economía cuando un producto ha llegado al final de su vida útil, con el fin de volverlos a utilizar repetidamente y seguir creando valor.


Y teniendo como fin último la consecución de los siguientes objetivos:
• Uso de energías renovables.

• Rediseño de los materiales a partir de los avances tecnológicos.

• Erradicación de residuos mediante el aumento del reciclaje.

• Reducción de emisiones de CO2 y de Gases de Efecto Invernadero.

• Creación de empleos verdes.

• Minimizar el uso de los químicos tóxicos en las actividades económicas.


• Venta del uso de los productos, es decir servicio de uso.

                                 

A PROPOSITO DE LA OCDE

El Comité de Política Ambiental de este organismo elaboró, en el año 2014, un estudio del desempeño de las políticas públicas y de la gestión ambiental de Colombia con miras al ingreso del país a dicho comité. De esta forma se definieron 53 instrumentos vinculantes que incluyen aspectos relacionados con información ambiental, política ambiental, recuro hídrico, biodiversidad, zonas costeras, residuos sólidos, energía, entre otros. Dentro de los instrumentos relacionados con residuos sólidos se acordaron cuatro instrumentos en materia de residuos no peligrosos: (i) política de gestión integral de residuos que satisfaga objetivos de protección ambiental, teniendo en cuenta limitantes económicas y condiciones locales; (ii) manejo de residuos económicamente eficiente y ambientalmente razonable; (iii) reutilización y aprovechamiento de envases de bebidas; y iv) incremento en la recuperación de residuos de papel.

Paralelamente, para el cumplimiento de los ODS se definieron unas metas para el paísa 2030 en materia de gestión de residuos sólidos. Entre estas se encuentra la meta 6: reducirel impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades prestando atención a la gestión de desechos municipales, la cual se encuentra en el objetivo 11 Ciudades y comunidades sostenibles. También está el numeral 5: reducir considerablemente la generación de desechos mediante actividades de prevención, reducción, aprovechamiento, tratamiento y reutilización, el cual se ubica en el objetivo 12 Producción y consumo responsable (CONPES 3874)

PROYECTO DE LEY  297 DE 2020

El Partido de la U, ha presentado el proyecto de Ley 297 de 2020; cuyo objeto es exhortar al Gobierno Nacional a elaborar la formulación y ejecución del Plan Maestro Nacional Para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos en todo el territorio nacional, en conformidad con el artículo 79º de la Constitución Política de Colombia donde se establece que es deber del Estado proteger la biodiversidad e integridad del medio ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Para tal fin, establece la creación de una mesa intersectorial, conformada así:

1. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio;

2. El Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible;

3. El Ministerio de Salud y Protección Social;

4. El Departamento Nacional de Planeación – DNP;

5. La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA;

6. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD;

7. Las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible –

CAR;

8. Un representante de las Facultades de Educación de Medio Ambiente del

país;

9. Un representante de organizaciones sin ánimo de lucro cuyo objeto social

sea el de trabajar por el manejo integral de los residuos sólidos.

10. Un representante del gremio de recicladores del país.

11. Un representante de la Federación Colombiana de Municipios.

 La cual tendrá la obligación de definir el Plan Maestro Nacional para la Gestión Integral de Residuos Sólidos como un instrumento estructurante de primer nivel, que tiene un horizonte a largo plazo cuya responsabilidad está en cabeza del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en conjunto con la Mesa Intersectorial para la Gestión de Residuos. El Plan Maestro Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, además, impulsará en todo el Territorio Nacional las opciones de uso de tecnologías para el tratamiento de residuos sólidos diferentes a la alternativa de rellenos sanitarios, como aquellas relacionadas con el aprovechamiento energético, el compostaje, el tratamiento mecánico biológico, entre otros.

Señala el referido proyecto de Ley que

1.      Dentro del Plan Maestro Nacional se establecerán los lineamientos pedagógicos, técnicos y operacionales para llevar a cabo la recolección selectiva de los residuos sólidos generados en todo el territorio nacional, y las disposiciones efectivas de los mismos, los cuales tendrán como indicador la reducción anual de los residuos que ingresan a los puntos de disposición final.

2.       Que el Plan Maestro definirá los criterios para realizar el cierre definitivo y sin extensiones de los lugares no autorizados para la disposición de residuos  sólidos y de aquellos que han cumplido su vida útil.

3.      Que se incluirá dentro del Plan Maestro la obligatoriedad para que los entes territoriales identifiquen dentro de sus Planes de Ordenamiento Territorial: la aplicación del Plan Maestro Nacional para la Gestión Integral de Residuos Sólidos como un instrumento de planeación y de desarrollo para los territorios , al igual que las áreas para el desarrollo de la infraestructura que se requiera para el tratamiento de los residuos, y la necesidad de habilitación de los usos del suelo que permitan  desarrollar proyectos con la aplicación de tecnologías renovables para el tratamiento de los residuos sólidos.

4.      Que el Gobierno Nacional incluirá dentro del Plan Maestro Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos a los recicladores de oficio, quienes deberán asociarse si como iniciativa propia solicitan constituirse como prestadores del servicio público de aseo.

5.      Que el Gobierno Nacional establecerá incentivos de apoyo a los proyectos municipales, departamentales y regionales, que adopten el uso de tecnologías limpias y alternativas sustentables para el tratamiento de los residuos sólidos diferentes al uso de los rellenos sanitarios.

 

En honor a la verdad, ya existen suficientes herramientas legales para hacer realidad el objeto del proyecto de Ley que tornarían innecesaria una nueva ley y mayor burocracia; sin embargo, la discusión de la iniciativa se hace necesaria  ante el hecho de que lo abunda no daña, que se ha venido incumpliendo sistemáticamente los fines de los  PGIRS y  que ni las buenas intenciones, ni la legislación, ni los compromisos internacionales, ni los costos ambientales y en salud por los problemas de disposición final  han logrado que se internalice; que nuestra disponibilidad para efectuar disposición final definitivamente no está acorde con la enorme generación de residuos.

                                                CONCLUSIONES

Como podemos ver mis queridos contertulios, el tema del aprovechamiento y disposición final de residuos sólidos es un tema sobre el que se ha tirado buena línea; que se supone de capital importancia por supuestamente pertenecer a la familia OCDE ( Como tercer miembro de América Latina y el Caribe)

Lo que preocupa es, que en vez de aprovechar la discusión para hacer los debidos actos de contrición; se sume este tema a la agresiva ofensiva ecologista (ahora más empoderada con la muy posible ratificación del Tratado de Escazú) o peor aún se use como arma politiquera.

Duele igualmente, el que la industria del manejo de residuos sólidos no  ofrezca mayores avances en  la formalización laboral de recicladores, y en programas de impulso y apoyo para que se constituyan en empresarios.

Finalmente, la única forma de poner la casa en orden, es creando canales de participación ciudadana y de control social a través de la participación en la planeación, gestión, evaluación y control de la prestación del servicio público de aseo, manejo de residuos sólidos, vigilancia de  recursos financieros, y sobre cualquier anomalía que detecte ( Pero lastimosamente a esta valiosa herramienta es a la que se le está dando un muy pésimo uso)

 

 

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