El día de hoy, el exvicepresidente y excandidato presidencial Germán Vargas Lleras pretende revivir el que ya es un debate de años ( e incluso fue objeto de un fracasado proyecto de ley estatutaria), la reglamentación- eliminación o revisión de la consulta previa; colocando de presente. que la misma se ha convertido en un lastre para los proyectos de infraestructura del país.
El nuevo conato de polémica, probablemente se eche en saco roto, pues finalmente, nuestra Honorable Corte Constitucional, a partir del Convenio 169 de la OIT, ha establecido que cualquier medida administrativa o legislativa que tenga impacto directo en los pueblos étnicos o sus territorios debe ser consultada; por lo que tenemos, que a la postre resultarían inconstitucionales las iniciativas encaminadas a reglamentar- eliminación o revisión de la consulta previa.
No obstante lo anterior, deja en el tintero un tema que probablemente será retomado en la discusión de las reformas y en los distintos escenarios políticos del país; la ponderación entre el carácter absoluto de la consulta previa, y la realización de megaproyectos de infraestructura como asuntos de interés público y herramientas para el cumplimiento de los ODS (Sin infraestructura sostenible, no se realizarán los objetivos de la Agenda de Addis, de la Agenda 2030 y del Acuerdo de París sobre cambio climático, y dejarán de realizarse muchos de los derechos humanos internacionalmente reconocidos- El otro déficit de infraestructura: La sostenibilidad -Perspectivas de derechos humanos y del medioambiente. ONU.2019)
Curiosamente, toda la discusión en pro o en contra de la consulta previa como estorbo de los necesarios proyectos de infraestructura, deberá darse dando relevancia al régimen de derechos humanos; pues finalmente como bien lo señalan tantos instrumentos firmados por nuestro país, los mismos constituyen el marco jurídico y ético que protege las libertades esenciales y la vida digna( El otro déficit de infraestructura: La sostenibilidad -Perspectivas de derechos humanos y del medioambiente. ONU.2019)
Corresponde al Gobierno Nacional y al Congreso de la República, el nuevamente entrar a discutir si se requiere una ley estatutaria que regule la consulta previa. De darse nuevamente ese escenario de discusión; el argumento de que la consulta previa es un estorbo, se verá enfrentado al argumento de que la ley estatutaria para reglamentar la consulta previa, es una gran trampa retórica para desconocer derechos a los pueblos étnicos cuando se quiere hacer un proyecto en su territorio.
Ahora bien, mientras llega el tiempo de ese escenario; corresponde al “Gobierno del Cambio”;demostrar que puede desempantanar el escenario dado a conocer por el Doctor Vargas Lleras, y evitar que siga esparciéndose la creciente percepción, de que la consulta previa se ha convertido en una herramienta de “extorsión” por parte de miembros inescrupulosos de algunas comunidades.
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