miércoles, 20 de marzo de 2024

Ya pá qué ( Indignación por decisión de investigar al Concejal Andres Escobar)

 


“La Justicia es aquello bajo cuya protección puede florecer la ciencia y, junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia”- Fethullah Gülen

La indignación de hoy, corre por cuenta de la decisión de la Fiscalía General de a Nación de iniciar una investigación de oficio en contra del concejal de Cali, Andrés Escobar, por presuntos actos de discriminación fundados en la identidad de género, luego de su publicación en la red social X contra Charlotte Schneider Callejas, directora para las Mujeres en Actividades Sexuales Pagas del Ministerio de la Igualdad y Equidad; sea  lo primero decir, que la indignación llega bastante tarde.

La indignación debía llegar cuando poco a poco el lobby LGTBIQ iba avanzando en sus conquistas sociales; pero preferimos callar, porque opinar cualquier cosa implicaba ser considerados locos conspiranoicos y enemigos de un "mundo mejor, diverso y justo". En este momento se quiera o no, los comentarios del concejal Andrés Escobar  podrían constituir conductas punibles y un discurso discriminatorio…. En efecto, la CIDH ha establecido que la orientación sexual es un derecho humano protegida por los artículos 1 y 24 de la CADH, además de lo establecido en los numerales 11.2 y 18 de la Convención Americana de Derechos Humanos; lo que en buen romance, la convierte en un derecho protegido por el bloque de constitucionalidad,  y por ende protegido e interpretado conforme al principio PRO HOMINE y demás arandelas de la filosofía humanista que inspiran nuestra constitución, la aplicación de nuestra ley y la actitud de nuestros jueces.

El próximo paso del lobby, tal  y como lo denunció un  Representante de las negritudes; es empezar una cacería de brujas contra profesionales de la salud y líderes religiosos, aprovechando el Proyecto de Ley  272 de 2022 (“Por medio del cual se prohíben los esfuerzos de cambio de orientación sexual e identidad y expresión de género (ecosieg) en el territorio nacional y se promueve la no discriminación por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género diversas en las redes de salud mental y otras instituciones y se dictan otras disposiciones). Así que los logros del lobby,  pretenden ir más allá de lograr que cualquier cosa se tilde como un discurso de odio directo, que no está amparado por la presunción de cobertura constitucional derivada del derecho a la libertad de expresión. ( Sentencia 061/2024)

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