Una grave y peligrosa tentativa de usurpación
de competencias o por lo menos una deslegitimación, se evidencia con la
afirmación del Presidente de la República, al señalar que: “Si en los
municipios al hacer el escrutinio hay insatisfacción de la población sobre la
elección de autoridades locales, solicito aguardar las comisiones del gobierno
para recibir las respectivas denuncias que se trasladaran a autoridades
competentes”.
Lo
anterior por cuanto la etapa electoral y post-electoral en Colombia tienen un
procedimiento reglado, correspondiéndole a las jurados de votación el computo de votos o pre-conteo con carácter
informativo (que finalmente se plasma en el documento E-14), y a las comisiones
escrutadoras los escrutinios ( Para que
en los resultados sean el reflejo de la voluntad del elector expresada en las urnas).
Siendo por tanto ese escenario, en el que se deben presentar las reclamaciones
por parte de los testigos electorales.
Lo que en buen romance indica, que en teoría y
a pesar de que el proceso de escrutinios se encuentra regulado por diferentes fuentes normativas; no es menos diáfano
(Que mal o bien) existe un procedimiento que da las garantías necesarias para
reclamar (en derecho) los posibles votos no contados, errores, corrupción,etc.;
sin que exista la necesidad de que el Presidente, pretenda una presión
innecesaria que además ponga en duda la labor de jurados, comisión escrutadora
e inclusive testigos electorales.
Máxime, cuando todos los encargados de la
transparencia de unas elecciones libres y justas; se entienden preparados para ejercer su labor; y existe un requisito
de procedibilidad para futuras acciones
electorales, que implica la puesta en conocimiento de las discrepancias
injustificadas en conocimiento de la
autoridad escrutadora.
Por lo que tenemos que, no puede la rama
ejecutiva pretender usurpar o de alguna manera deslegitimar la actividad
electoral; lo cual guarda mayor
relevancia, si se recuerda que la misma ONU y demás instituciones
internacionales, han señalado que se debe mantener la autonomía de los organismos
electorales para preservar la integridad de los procesos.
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