Y hoy acaba de proponer una constituyente
usando de excusa el cambio climático, olvidando que:
1) Nuestra Constitución Política,
señala en los artículos 8°, 79, 80 y 95 numeral 8°, los derechos y deberes
generales que deben regir una correcta relación entre todas las personas y el
medio ambiente; determinando que todos los habitantes del territorio colombiano
deben gozar un ambiente sano, y que es deber de todos los ciudadanos el velar
por su “conservación” y “prevenir y controlar los factores de deterioro
ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños
causados”. Amén de lo anterior, tenemos que a partir de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos, se deja claro la importancia mundial sobre
el derecho a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, esto es,
el derecho a preservar la vida individual en un entorno adecuado y el derecho
de la especie a subsistir en las generaciones futuras en un ambiente sano; lo
que implica, no solo la preservación de la vida actual, sino también garantizar
el derecho de las futuras generaciones de gozar y disfrutar de los recursos con
los que hoy contamos; es así como a partir de dicha declaración que se han
venido celebrando acuerdos ambientales mundiales, los cuales nuestro país ha
ratificado y en los cuales se ha dejado claro que no se puede tener unas
economías sólidas y sostenibles sin un planeta ambientalmente sano.
2) Con la Ley 164 de 1994, Colombia
ratificó la «Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático», adquiriendo así el compromiso de
“definir medidas de mitigación de gases efecto invernadero y medidas para
facilitar la adaptación al cambio climático, y promover la comprensión de las
causas, los efectos, la magnitud y la distribución cronológica del cambio
climático, así como de las consecuencias económicas y sociales de las distintas
estrategias de respuesta”; y con la Ley
629 de 2000 se ratificó el Protocolo de Kyoto, por gracia del cual se
expidió un Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático –PNACC cuya
finalidad es ““construir una visión integral de adaptación en Colombia,
haciendo uso de las herramientas disponibles para alcanzar la resiliencia de
sistemas socio-económicos y ecológicos, con el objetivo de garantizar la
sostenibilidad del desarrollo” (DNP, 2011)”
y el CONPES 3700 de 2011 para
señalar la estableció la estrategia institucional para la articulación de
políticas y acciones en materia de cambio climático en Colombia.
3) Se aprobó una ley de “ACCIÓN
CLÍMATICA”( Que comparte las metas de Economía Sostenible e incluso le agrega
unas cuantas bastante ambiciosa, tales como la implementación al año 2030 de
PLANES INTEGRALES DE CAMBIO CLIMÁTICO SECTORIALES (PIGCCS); a pesar que somos
uno de los países que menos emite dióxido de carbono a nivel mundial; y se
ratificó un Acuerdo de Escazú; que a pesar de las negaciones pone en riesgo los
principios de soberanía, integridad territorial, libertad económica y seguridad
jurídica.
4) Para el presente y el anterior
gobierno, el país debe ser un abanderado de la
calentología ; en medio de
incumplimientos de metas parecidas tales
como: a)El fracaso de la planeación con la figura de los POT., b) No
cumplimiento de metas PGIRS y protección de recursos hídricos de los
municipios, y c) Las CARS, que se han convertido más en un sinónimo de
corrupción que en “guardianes” del desarrollo sostenible.
Como se puede ver, hay suficientes herramientas
internas para la protección ambiental, la participación ciudadana en la toma de
decisiones y el control de la gestión territorial dentro del derecho interno; como
igualmente para garantizar los derechos de acceso a la información ambiental,
participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y
acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el
fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la
protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y
futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.
Luego entonces no hay necesidad de pensar en
una constituyente usando de excusa el cambio climático. Máxime cuando el llamado
GREEN NEW DEAL, sostenido bajos las tesis del llamado "MANIFIESTO
ECOMODERNISTA"; es un plan que implica más ideología que ciencia o
economía, para lograr una sociedad "Verde, Inclusiva y Resiliente" (Tres
palabras que juntas no dicen nada. A menos que se interpreten en el contexto de
la agenda 2030; que se materializa con la creación de "pesebres"
para legiones de defensores del "cambio climático", la
"ideología de género" y demás nuevos dogmas, pagados por los pobres e
infelices ciudadanos).
El diablo será el partero, si nos ponemos a
darle cuerda a la idea de una constituyente usando de excusa el cambio climático;
pues finalmente implica " desmantelar las estructuras neocoloniales,
responsables principales del saqueo de sus recursos y de los altos niveles de
pobreza e indigencia", lo cual (a pesar de sus buenas intenciones) lleva a
pauperizar mucho más nuestra ya golpeada economía.
Y por último, pero no por ello menos importante;
el Presidente Gustavo Petro Urrego, quien se precia de ser el mayor demócrata del
mundo mundial y era un crítico de los abusos del presidencialismo, no puede
pretender deslegitimar las acertadas decisiones de la Corte Constitucional (Así
le caigan gordas). Pues finalmente lo único que hizo la Corte Constitucional;
fue dejar claro, que no se puede correr el riesgo de que se haga costumbre la expedición
de “decretazos”.