Mediante la Ley 2290 de 2023, se aprueba el «Acuerdo relativo a la adopción de
reglamentos técnicos armonizados de las naciones unidas aplicables a los
vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en
estos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las
homologaciones concedidas conforme a dichos reglamentos de las Naciones
Unidas», suscrito en Ginebra, el 20 de marzo 1958, como “instrumento
eficaz para garantizar un alto nivel de seguridad, protección del medio
ambiente y eficacia energética de los vehículo”; cuya finalidad u objetivo principal, es la disminución de las externalidades negativas
generadas por el uso de vehículos automotores ( Accidentes de tránsito, contaminación,
congestión vehicular, etc).
Por lo que tenemos que posterior a la revisión
de constitucionalidad del tratado y su ley aprobatoria, por parte de la
Honorable Corte Constitucional, se procederá a realizar el deposito del instrumento de ratificación, conforme a las
normas constitucionales y legales aplicables al respecto;ratificación por
demás obligatoria, teniendo en cuenta los objetivos del acuerdo ( 1. Mejorar la seguridad
vial, 2. Disminuir la contaminación y consumo de energía, 3. Mejoramiento de la
calidad de vehículos y autopartes), y su relación directa con el cumplimiento de los
ODS y otros compromisos internacionales.
La aprobación del mencionado acuerdo, implica
la adopción de 163 reglamentos técnicos; lo que consideramos per se, implicaría una reforma a la Ley
769 de 2002, y la lege ferenda de
leyes, resoluciones y demás normativas referentes a la homologación de vehículos
automotores, mercado de vehículos y autopartes, impacto ambiental de vehículos
automotores, seguridad vial, aseguramiento vehicular, prestaciones del sistema
de seguridad social referentes a accidentes vehiculares, etc… Especialmente las
referentes a las motocicletas; señalamos lo anterior, por cuanto la misma
exposición de motivos del proyecto de ley que culminó con la sanción de la Ley
2290 de 2023, reconoce el gran impacto de las motocicletas al parque automotor
y siniestralidad vial, además, es menester tener en cuenta que, el informe ROAD
SAFETY ANNUAL REPORT 2022 del FORO INTERNACIONAL DE TRANSPORTE-ITF (
Organismo adscrito a la OCDE), y señala que: “el número de motociclistas muertos
en accidentes de tránsito se disparó en los tres países latinoamericanos que
cubre la base de datos del IRTAD: Chile (+89 %), Argentina (+70 %) y Colombia
(+66 %)”
La parte positiva de la aprobación del
mencionado acuerdo, se supone que es la adopción de estándares vehiculares (
Pues en teoría la falta de los mismos, genera una siniestralidad vial que representa
en términos económicos 2.8% del PIB- Exposición de motivos Ley 2290 de 2023);
pero desde acá desde la cocina, consideramos que no faltarán las personas que
se opongan a la adopción de los nuevos estándares y reglas que podrían
derivarse de la aplicación a nivel nacional del acuerdo ( precios de los vehículos
debido a la inclusión de tecnologías de seguridad, costos para el aparato
productivo en la adopción de nuevos estándares, falta de socialización y
concertación de las nuevas medidas regulatorias resultantes, oposición de gremios a los nuevos estándares,etc)
Se supone que “Lo que abunda no daña,cuando no es mal ni cizaña",esperemos que la adhesión al acuerdo no sea un simple asunto de “espantajopismo” y buenas intenciones, ya que ciertamente la aplicación del acuerdo aprobado implica una gran autogestión, responsabilidad, compromiso, necesidad de combatir la corrupción y evitar nuestra tendencia a tomar los caminos fáciles; por lo pronto solo resta decir… "Amanecerá y veremos".
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