El congresista Hernán Cadavid, denuncia que el gobierno nacional pretende una reforma laboral vía decreto; a pesar que la facultad de aprobar o improbar una reforma laboral, es del Congreso de la República conforme a lo establecido en el artículo 150 de la Constitución Política. Para demostrar su punto, el mencionado congresista presenta unos apartes del proyecto de decreto “Por el cual se adiciona el Titulo 2 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se adopta la Política Nacional de Trabajo Digno y Decente”; señalando que el mismo: “metería una reforma laboral a espalda de los Colombianos y además haciendo el quite al debate en el Congreso de la República”.
Ahora bien, en teoría el proyecto de decreto “Por el cual se adiciona el Titulo 2 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, y se adopta la Política Nacional de Trabajo Digno y Decente” no debería ser ninguna amenaza; primeramente porque Colombia asumió el compromiso ético, político, económico y social de alinear sus políticas públicas con el concepto de “Trabajo Decente” consensuado, en el seno de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por los gobiernos y las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores, como estrategia adecuada para lograr extender los beneficios de la globalización al mayor número de personas, y seguidamente, porque la política pública nacional de trabajo digno y decente, debe surgir de un proceso de concertación entre el gobierno, empleadores y trabajadores.
La excusa de una política pública nacional de trabajo digno y decente, debería servir para establecer la “flexiseguridad” como «una estrategia integrada para potenciar, a un tiempo, la flexibilidad y la seguridad en el mercado laboral»; que pretende garantizar que los ciudadanos puedan disfrutar de un elevado nivel de seguridad del empleo, es decir, que tengan la posibilidad de encontrar fácilmente un puesto de trabajo en todas las etapas de su vida activa y buenas perspectivas de desarrollar su carrera profesional en un entorno económico rápidamente cambiante. Asimismo, pretende ayudar tanto a los empleados como a los empleadores a aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece la globalización. Así pues, se trata de crear un contexto en el que seguridad y flexibilidad puedan reforzarse mutuamente. (Comisión Europea, 2007); pero esos no parecen ser los intereses de un gobierno donde cuya Ministra de Trabajo es decididamente activista, y ha demostrado que los llamados a la concertación serán de “dientes para afuera”
Ante la denuncia del congresista, lo más probable es que la reacción del gobierno sea la ya conocida, negar la existencia del decreto y señalar que se está malinterpretando sus “buenas intenciones”.
Es menester recordar que no es la primera vez que se pretende implementar la política pública nacional de trabajo digno y decente vía decreto, pues lo propio se había hecho durante el gobierno de Juan Manuel Santos, siendo Ministra la Doctora Clara López Obregón; pero a diferencia de la anterior propuesta, que iba encaminada a la “territorialización” de la política pública y su financiación con la coordinación del orden nacional, departamental y nacional, el proyecto de este gobierno que se conoce, se refiere decididamente a situaciones que deben ser objeto de concertación, y otras que corresponden a facultades exclusivas del Congreso de la República.
Como se puede ver entonces, el gobierno del Presidente Gustavo Francisco Petro Urrego pretende un nuevo golpe de mano; esta vez usando como caballo de batalla, el “trabajo digno y decente”. Y nuevamente, los debates se centrarán en la supuesta falta de “visión” de los contradictores, y en que la política pública es necesaria para cumplir compromisos de “empleo verde” y demás. Causando que de nueva cuenta y tristemente, la discusión de cualquier iniciativa gubernamental surja de una reacción reactiva; donde una política pública que ciertamente es justa y necesaria lleve a debates estériles y politiqueros.
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