viernes, 26 de febrero de 2021

ANALISIS DEL PROYECTO DE LEY 375 DE 2021 ( REAJUSTE SALUD DE PENSIONADOS)

Mediante proyecto de ley 375 de 2021; se presenta nuevamente para trámite legislativo la propuesta de reducción de la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados (Al 4% de la respectiva mesada pensional)

 Propuestas está que ya había cumplido los debates de rigor, pero que fue objetada por el Presidente Juan Manuel Santos al momento de pasar a sanción presidencial; alegando en su momento que:

1) Existían razones de inconstitucionalidad e inconveniencia por el impacto fiscal de la medida
2) La falta del aval del ejecutivo a la exención tributaria
4) La violación de los principios de equidad en materia tributaria
5) El desfinanciamiento del Sistema General de Seguridad Social.


Pasando por tanto el análisis de dichas objeciones a la Honorable Corte Constitucional, quién mediante Sentencia C -066/18 declaró fundadas las objeciones presentadas por el Gobierno Nacional.

En su momento, la Honorable Corte Constitucional había establecido que el contenido material del proyecto de ley  implicaba una exención a una contribución parafiscal y por tanto, se encontraba sujeta a iniciativa reservada del Ejecutivo; estando entonces por esa sola circustancia , en un vicio total que implicó la  violación del artículo 154 de la Constitución Política.

El texto presentado nuevamente en el proyecto de ley 375 de 2021, es idéntico al establecido en su momento en el proyecto 170 de 2016 que fue declarado inexequible; siendo las razones expuestas para convertirse en Ley  de la República las siguientes;

1) Es una medida de justicia social y económica dirigida a la protección de los adultos mayores.
2) Mantener los aportes en la cuantía señalada hoy, constituye una medida regresiva para con los pensionados
3) Se deben mantener las condiciones de dignidad de la vejez señaladas por la Honorable Corte Constitucional
4) Existen sesgos a la hora de determinar el posible impacto fiscal de la iniciativa.

No sé observa que el texto presentado subsane las falencias señaladas en su momento por la Honorable Corte Constitucional; por el contrario se insiste, en el hecho que la sostenibilidad fiscal no puede impedir la materialización del Estado Social de Derecho; lo que posiblemente llevará a nuevas discusiones sobre la necesidad, pertinencia y legitimidad de la iniciativa.

Lo cierto es que, en su momento, la actitud  asumida por Juan Manuel Santos fue considerada como una traición contra los pensionados, pues la reducción de los aportes fue una promesa de  campaña para la reelección; amén del hecho que, los pensionados siguen esperando que la reducción se haga una realidad.

Y en últimas; a pesar del alivio para los pensionados es innegable el impacto fiscal, y el hecho que no se soluciona el gran problema,  que es la baja cantidad de cotizaciones al Sistema General de Pensiones.

No obstante, la iniciativa debe surtir los debates de rigor  y pasar a sanción  en un año electoral; así que, probablemente corra mejor suerte que el anterior proyecto de ley sobre la misma materia.

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