”Pero si el vigía ve venir al enemigo y no suena la alarma para advertir a la gente, él es responsable por sus muertes. Ellos morirán en castigo por sus maldades, pero yo acusaré al vigía por sus muertes”. EZEQUIEL 33,6
El alpiste mediático de hoy, corre por cuenta del
levantamiento del velo corporativo sobre la EPS SANITAS; luego de la solicitud
del Ministerio de Salud a la Contraloría General de la Nación. Sin embargo, dicha solicitud olvida que
conforme a lo normado en el artículo 2 de la Ley 1966 de 2019, existe un SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL, INSPECCIÓN Y
VIGILANCIA PARA EL SECTOR SALUD, y la forma como se pretende hacer el
levantamiento del velo corporativo, corresponde dentro de dicho sistema a la SUPERINTENDENCIA
DE SOCIEDADES y no a la CONTRALORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, en virtud de lo
normado en el parágrafo 2 del
artículo 2 de la Ley 1966 de 2019 que
finalmente hace el reenvió al artículo
31 de la Ley 222 de 1995 que a su tenor reza:
“El artículo 265 del Código de Comercio quedará
así:
ARTÍCULO 265. Los respectivos organismos de
inspección, vigilancia o control, podrán comprobar la realidad de las
operaciones que se celebren entre una sociedad y sus vinculados. En caso de
verificar la realidad de tales operaciones o su celebración en condiciones
considerablemente diferentes a las normales del mercado, en perjuicio del
Estado, de los socios o de terceros, impondrán multas y si lo considera
necesario, ordenarán la suspensión de tales operaciones. Lo anterior, sin
perjuicio de las acciones de socios y terceros a que haya lugar para la
obtención de las indemnizaciones correspondientes.”
No siendo de aplicación entonces, lo
establecido en el artículo 65 de la Ley 2195 de 2022, que implica otra forma de
levantamiento de velo corporativo y otra forma de control que depende de la
investigación de responsabilidad fiscal. Ahora bien, ambos procedimientos deben
respetar el debido proceso, cuestión que hasta ahora se ve afectada por la
misma posición del gobierno, su Ministerio y todos los defensores de la Reforma
a la Salud; que sencillamente pretenden una ordalía, para demostrar la
corrupción en el sistema de salud actual.
El hecho mismo que este gobierno no tenga claro
el procedimiento, o (Peor aún) pretenda orquestar un escenario de destinación
indebida de los recursos parafiscales del Sistema General de Seguridad Social en
Salud, para justificar la demolición de todo el sistema; debe servirnos a todos
de alerta, y en todo caso la reforma tal y como se plantea poco resuelve lo denunciado ( Porque sencillamente el
aseguramiento en salud ya no va depender de una EPS; la cual finalmente fue
usada de chivo expiatorio para lograr capitalizar la reforma)
De otra arista, el mismo SISTEMA INTEGRADO DE CONTROL, INSPECCIÓN Y
VIGILANCIA PARA EL SECTOR SALUD que el gobierno parece desconocer; le permite
hacer todo lo que pretende, incluyendo sus amenazas al levantamiento del velo
corporativo y la “auditoria forense” de la que tanto se jactan y promueven. De
hecho, permite los programas de saneamiento fiscal y financiero que finalmente
implica los giros directos que pretenden.
Lo curioso es que esto no lo debería decir yo,
o los tantos expertos en redes que se han encargado de demonizar el sistema de
salud y las EPS; se supone que los mismos exministros y las EPS que quieren
montar en la báscula, tienen todo el conocimiento y las herramientas para
lograr que se de el debido debate a las cuestiones.
Por lo pronto para nosotros Pedro Pueblo debe
quedar algo claro, y no caer en las especulaciones de los aliados del gobierno
que hacen politiquería con el berroche; sea que se insista por parte de la
SUPERSALUD en dar aplicación a la Ley 1966 de 2019 o a la Ley 2195 de 2022, en
últimas eso no justifica la reforma a la salud tal y como está planteada… E
igual debe respetar un debido proceso; así se cansen de hablar de reservas
técnicas y de citar cifras.
Por último, pero no por ello menos importante;
debemos recordar algo que siempre ha existido en nuestra historia legislativa y
administrativa… LAS BUENAS INTENCIONES, SIEMPRE NOS HAN LLEVADO AL INFIERNO. Y en todo caso, la reforma es innecesaria; pues en treinta años de una maraña de reglamentación, tenemos todas las herramientas para organizar lo que tenemos y funciona.
No hay comentarios:
Publicar un comentario