miércoles, 30 de diciembre de 2020

UN NUEVO PALO A LA RUEDA DE LA REVOCATORIA ( RESOLUCIÓN CNE 4073 DE 2020)

 Nuestra Honorable Corte Constitucional; en su Sentencia T-066/15, establece que la revocatoria del mandato es un derecho político propio de las democracias participativas, y a la vez, un mecanismo de control político en la cual un número determinado de ciudadanos vota para dar por terminado el mandato de un gobernante, antes que finalice su periodo institucional. Lo que en buen romance indica, que la ciudadanía participa de forma directa, ni ya para nombrar a sus gobernantes sino para removerlos de sus cargos.


Dicen los sabios, que la participación corresponde a la esencia misma de la democracia participativa; y que además el control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar en la gestión pública.

Precisamente,un grave herida de muerte ha recibido el derecho a la participación y al control social a los gobernantes ,por gracia de la Resolución  4073 de 2020; la cual bajo la excusa de la garantía de un debido proceso (Y del derecho a la información y defensa) y dar aplicación a la Sentencia SU 077 de 2018 (Curiosamente emanada de una acción de tutela instaurada por Enrique Peñalosa Londoño), ha enmarañado mucho más, el ya de por sí difícil proceso para capitalizar la revocatoria del mandato (Al exigir la convocatoria a una audiencia pública con posterioridad a la inscripción de la iniciativa de revocatoria del mandato).

Ciertamente los tiempos y las sazones, quizás no esten para iniciar empresas de revocatoria de mandatos; pero,  muchos de los gobernantes han demostrado una clara ineptitud en el manejo de sus  municipios y departamentos. Por lo que hoy se hace menester, discutir abiertamente la decisión de la Corte Constitucional, que legítima el palo en la rueda puesto por el Consejo Nacional Electoral.

Así como airadamente se discutió  la metida de mano de un Juez,  en el manejo de la pandemiocracia; debemos discutir la coherencia del fallo de tutela de la Honorable Corte Constitucional, y si  es suficiente ahora esgrimir el debido proceso, para proteger el mandato de personajes que ya tuvieron un año para demostrar que merecen seguir gobernando.

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